martes, noviembre 3, 2026

Reelección de Jaldo: la Corte Suprema pidió opinión a la Procuración por la demanda opositora

La Corte Suprema de Justicia de la Nación remitió a la Procuración General la demanda de partidos opositores que busca frenar la reelección de Osvaldo Jaldo en 2027. El procurador interino Eduardo Casal deberá dictaminar si el máximo tribunal tiene competencia para intervenir, aunque su opinión no será vinculante: la decisión final quedará en manos de los jueces.

La presentación cuestiona el artículo 90 de la Constitución de Tucumán, que regula la posibilidad de ejercer períodos consecutivos como vicegobernador y gobernador. La oposición sostiene que esa disposición permitiría permanecer hasta 16 años seguidos en los dos principales cargos del Poder Ejecutivo provincial.

El planteo podría incidir en las aspiraciones de Jaldo de competir por un nuevo mandato en 2027, aunque el pase a la Procuración no implica que la Corte haya resuelto la cuestión de fondo ni que haya definido si el gobernador podrá ser candidato.

Qué debe responder la Procuración

El expediente fue remitido para que Casal se pronuncie sobre la competencia originaria del máximo tribunal. En otras palabras, deberá opinar si corresponde que la Corte trate directamente la acción declarativa de inconstitucionalidad o si el caso debe seguir otro camino judicial.

Ese dictamen no es vinculante: los integrantes de la Corte pueden coincidir con el criterio de la Procuración o apartarse de él. Una vez recibido el pronunciamiento, los jueces deberán resolver cómo continúa la causa.

La acción fue impulsada por los partidos Cambia Tucumán, Fuerza Republicana, CREO y PRO, con el patrocinio del abogado Marcelo Giullitti Oliva. Los demandantes cuestionan el artículo 90 de la Constitución provincial y sostienen que su redacción habilita una permanencia consecutiva en ambos cargos ejecutivos.

El artículo 90 bajo la lupa

La norma establece que el gobernador y el vicegobernador duran cuatro años en sus funciones y pueden ser reelectos por un período consecutivo. También prevé que quien haya completado dos períodos seguidos como vicegobernador pueda presentarse para gobernador y, si resulta electo, ser reelecto por un período consecutivo.

La oposición afirma que esa combinación habilitaría hasta ocho años como vicegobernador y otros ocho como gobernador, es decir, 16 años consecutivos en los dos cargos. También argumenta que el vicegobernador puede quedar a cargo de las atribuciones del gobernador durante su mandato.

Como antecedente, los dirigentes opositores mencionaron el período comprendido entre septiembre de 2021 y febrero de 2023, cuando Jaldo quedó a cargo del Poder Ejecutivo mientras Juan Manzur se desempeñaba como jefe de Gabinete de la Nación.

La defensa de Jaldo y del Gobierno provincial

Jaldo defendió su posibilidad de presentarse en 2027 y sostuvo que el artículo 90 es claro. También cuestionó la interpretación opositora y afirmó que el planteo apunta a excluirlo de la competencia electoral.

“Quieren sacar de la cancha a un candidato”, expresó el gobernador. Además, señaló que el vicegobernador y el gobernador tienen responsabilidades y facultades distintas, y rechazó que el cómputo de ambos cargos permita concluir que existe una permanencia de 16 años en una misma función.

Desde la Fiscalía de Estado, Gilda Pedicone afirmó que el texto constitucional habilita al gobernador a postularse y que defender la norma forma parte de las obligaciones de su cargo. La funcionaria sostuvo que la Provincia debe defender su autonomía y la vigencia de una Constitución aprobada por la Convención Constituyente.

Pedicone también consideró que la Corte no debería dejar sin aplicación una cláusula de la Constitución tucumana y afirmó que el artículo 90 no presenta márgenes de interpretación. Esas expresiones reflejan la posición del Gobierno provincial; la resolución sobre la competencia y el curso de la demanda todavía corresponde a la Corte Suprema.

Por ahora, la intervención de la Procuración constituye un paso dentro del trámite judicial. Casal deberá emitir una opinión, pero serán los jueces de la Corte quienes decidan si aceptan intervenir y cómo continúa el expediente.

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