La Legislatura de Tucumán tratará el próximo 30 de septiembre el proyecto para adaptar el Régimen Penal Juvenil en la provincia. La iniciativa pone el eje en la reinserción social de los adolescentes condenados y, además de las modificaciones técnicas y penales, fija derechos para las víctimas, habilita la creación de institutos especializados y establece mecanismos de resocialización. El texto aún debe ser aprobado por los legisladores.
El dictamen fue elaborado por la Comisión de Legislación General, que preside Gerónimo Vargas Aignasse, y es el resultado de un trabajo coordinado con las autoridades de los tres poderes del Estado.
Un juicio dividido en dos etapas
Uno de los puntos centrales del proyecto es la ejecución del juicio. El proceso podrá realizarse a puertas cerradas si lo pide el acusado y estará dividido en dos fases. En la primera, el tribunal solo resolverá sobre la existencia del hecho, su calificación legal y la declaración de responsabilidad penal.
Una vez que esa declaración quede firme, el fiscal deberá presentar un plan de reinserción social con una duración no menor a un año. Cuando el plan se haya cumplido, se celebrará una audiencia de integración en la que un magistrado distinto al que intervino en el juicio original definirá la imposición de la pena definitiva.
Los proyectos de reinserción se denominan Plan Individual de Transformación Personal (PITP) y contarán con la colaboración de un supervisor que acompañará al adolescente. Durante las reuniones para confeccionar el dictamen, las autoridades discutieron si esa figura debía ser administrada por el Poder Ejecutivo o el Judicial. Finalmente, se estableció que los supervisores serán designados exclusivamente por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán.
Sanciones alternativas y prohibición de alojar menores en comisarías
El proyecto también prevé una serie de medidas provisionales y excepcionales para evitar el encierro innecesario. El artículo 402 enumera esas alternativas, que solo se aplicarían si existe riesgo de fuga o de entorpecimiento de la causa.
Entre las opciones figuran la prohibición temporal de conducir vehículos y la retención del carnet de manejo; la prohibición de mantener contacto físico o virtual con la víctima o con testigos; la permanencia domiciliaria supervisada, con o sin tobillera; el alojamiento en dispositivos de régimen abierto durante los fines de semana o en franjas nocturnas; y la abstención del consumo de alcohol o estupefacientes bajo tratamiento ambulatorio, entre otras.
El alojamiento provisorio en un centro cerrado de detención queda reservado exclusivamente como “última ratio” y no podrá exceder los seis meses, con posibilidad de una única prórroga excepcional. Además, el dictamen prohíbe de manera absoluta el alojamiento de menores en comisarías, dependencias policiales o establecimientos para personas adultas en cualquier instancia del proceso.
Los establecimientos especializados para menores deberán contar con personal capacitado, asegurar condiciones dignas de alojamiento y estar completamente separados de los presos adultos. También deben permitir la continuidad educativa, la atención permanente de la salud física y mental y el tratamiento de consumos problemáticos cuando corresponda.
Para cumplir esas condiciones, el proyecto crea el Instituto Especializado de Responsabilidad Penal Juvenil “Cura Brochero”, que integrará el Sistema Provincial de Ejecución Penal Juvenil. El Gobierno de Tucumán ya puso en funciones ese establecimiento, pero el proyecto le otorgaría un marco legal específico. También se habilita la creación de nuevos institutos en el futuro.
Derechos de las víctimas y transición a la mayoría de edad
En cuanto a la víctima, el régimen le reconoce el derecho a ser informada y escuchada antes de cualquier resolución que disponga salidas alternativas, archivos o modificaciones de la pena. Además, podrá acceder voluntariamente a procesos de mediación o acuerdos restaurativos, en los que el menor infractor podrá ofrecer una reparación del daño adecuada a sus capacidades reales.
El proyecto también contempla a los jóvenes que cumplen la mayoría de edad mientras cumplen su condena. Con una antelación no inferior a 90 días al cumpleaños número 18, las autoridades deberán elaborar un “protocolo individual de transición”.
Ese mecanismo busca que el eventual traslado a un penal de adultos no interrumpa los tratamientos, los estudios ni los vínculos familiares logrados. Se trata de una adaptación del Plan Individual de Transformación Personal a las nuevas condiciones de alojamiento, sin convertirlo en un régimen meramente penitenciario.

